10
AGO
2022
Diseñando la Comunidad energética de Urberoa para el autoconsumo de electricidad de origen fotovoltaico

Urberoa: Diseñando la Comunidad energética para el autoconsumo de electricidad de origen fotovoltaico
¿De qué hablamos cuando hablamos de Comunidades Energéticas?
Las Comunidades energéticas son entidades jurídicas respaldadas formalmente por la Comisión Europea para facilitar el tránsito hacia un mundo energético sostenible dando protagonismo a los consumidores de a pie.
Las comunidades energéticas se construyen sobre el concepto del autoconsumo energético local. Es decir, la producción de energía para uso propio, individual o colectivo, y en el mismo lugar en el que se genera.
La Directiva Europea sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad (UE 2019/944) define las “Comunidades ciudadanas de energía” (CCE) como agentes activos dentro del mercado de electricidad; y la Directiva Europea relativa al fomento del uso de energías procedentes de fuentes renovables (UE 2018/201) habla de Comunidades de energías renovables (CER). Ambas Directivas forman parte del Paquete Energía limpia para todos los europeos, ultimado en 2019.
El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 de España, pendiente de aprobación definitiva, acoge ambos conceptos:
- Comunidad de energías renovables: Proyecto comunitario energético que implique el uso de fuentes renovables como la eólica o la fotovoltaica.
- Comunidad ciudadana de energía. Cualquier proyecto del sector eléctrico destinado a sus miembros, incluyendo distribución, suministro, consumo, agregación, almacenamiento y prestación de servicios energéticos (como renovación de edificios) o servicios de recarga para vehículos eléctricos.
Las comunidades energéticas han sido reconocidas legalmente en Alemania, Dinamarca, Francia, Polonia y Reino Unido y se espera que otros estados europeos –como España– lo hagan en breve. Alemania es el país con más comunidades energéticas (1.750 en 2019), seguido por Dinamarca (700) y Países Bajos (500). [Fuente: JRC, Energy Communities: An Overview of energy and social innovation, 2020].
Encaje de Urberoa entre las Comunidades Energéticas
Urberoa es una Comunidad ciudadana de energía (CCE) que desde hace 37 años produce energía térmica que distribuye a sus socios a través de una red de calor, y produce electricidad que vuelca a la red eléctrica general en beneficio de aquéllos. Antes de 2022 Urberoa no podía considerarse una Comunidad de Energías Renovables (CER), ya que ni producía ni utilizaba energía renovable, pero lo empieza a ser cuando en 2022 empieza a producir calor a partir de biomasa y lo será aún más cuando se pongan en marcha los proyectos anunciados de energía fotovoltaica e hidrógeno verde.
Nuestro primer proyecto fotovoltaico será una realidad en 2023 y dará servicio a unas 100 familias con una instalación de 100 kW de potencia ubicada en las cubiertas de los locales comerciales del Paseo de los Arbustos.
En paralelo se ha puesto en marcha un estudio para identificar otras superficies aprovechables para dar cobertura a la demanda de no sólo los 445 cooperativistas restantes de Urberoa sino también de otros vecinos de la Agrupación de Comunidades de Bera Bera u otras cercanas (v.g., Pagola), que no estando integrados en Urberoa estén interesados en sumarse al proceso de comunidad energética renovable.
El proyecto incluye igualmente la colocación de dos puestos de carga para vehículos eléctricos.
¿Y esto cómo afecta a nuestros cooperativistas?
Los estudios realizados permiten estimar que, en función de las horas de insolación previstas, se alcance una producción anual de 100.000 kWh. Dado que el consumo medio en Urberoa ronda los 300 kWh mensuales, la instalación permitirá cubrir un tercio del consumo total de 100 familias.
La instalación se acoge a la modalidad de autoconsumo con compensación de excedentes. Esto implica que los usuarios utilizarán la energía procedente de la instalación de autoconsumo cuando lo necesiten y se abastecerán de la red eléctrica en los momentos que la energía solar no esté disponible.
Y a la inversa, cuando no se consuma toda la electricidad generada, el excedente se inyectará a la red y se obtendrá mensualmente una compensación por el valor del excedente a un precio acordado previamente con la empresa comercializadora eléctrica (sistema de facturación simple). La compensación no será nunca mayor que la facturación por la electricidad adquirida.
Los consumidores seguirán teniendo un único contador de suministro que recogerá la medida de toda la energía que reciben. Al ser un sistema de autoconsumo colectivo, a cada consumidor se le asignará un coeficiente de reparto en la energía fotovoltaica producida (según un criterio a estudiar). La instalación fotovoltaica contará con un contador bidireccional que contabilizará la electricidad generada y la electricidad excedente volcada en la red.
Urberoa no contabilizará ingresos por la generación eléctrica aunque facturará a los vecinos un término fijo que incluirá la amortización y los costes de mantenimiento de la instalación fotovoltaica.
El beneficio económico por la generación eléctrica lo obtendrán directamente los consumidores con el descuento automático que se recogerá en su factura eléctrica por el consumo de origen fotovoltaico y la compensación de excedentes.
Un segundo beneficio de los consumidores proviene del hecho de que la tramitación burocrática y la gestión se llevará de manera profesional y de forma colectiva por parte de Urberoa, sin otra preocupación para los asociados.
Proceso de adhesión
Dado que la producción eléctrica para el autoconsumo es un servicio nuevo de Urberoa, su lanzamiento requiere una expresión formal de voluntad de adhesión por parte de sus cooperativistas. Evidentemente, la Comunidad Energética Renovable (CER) sólo podrá arrancar si se adhiere el número necesario de cooperativistas. En todo caso, se trata de un régimen de entrada y salida libres.
En el mes de septiembre todos los socios de Urberoa recibirán en sus domicilios notificación escrita para proceder a la declaración inicial de interés para ser parte de la CER con la información necesaria. En septiembre tendrá lugar igualmente una reunión informativa en los locales de Urberoa.
Criterios de selección
Cabe esperar que, dados los beneficios esperados, se produzca una respuesta masiva de adhesión a la CER propuesta. ¿Con qué criterios se seleccionarán a los 100 finalistas? ¿Por orden de suscripción? ¿Por sorteo? El tema está en estudio pero hay alguna propuesta sugerente: ¿Podemos pensar en aplicar un criterio de justicia distributiva y dar prioridad a usuarios más desfavorecidos? Ciertamente esto crea el problema de cómo evaluar esta situación, para lo cual la cooperativa carece de datos. Una posible vía sería la de primar a quienes tengan menor nivel de consumo de calefacción y/o agua caliente, ya que por efecto del término fijo, su coste medio resulta más alto que la media. El Consejo Rector analizará las alternativas que se planteen y adoptará la solución que se estime más adecuada.
Otras cuestiones organizativas a perfilar
La constitución de una CER que inicialmente incluye a sólo una parte de los cooperativistas de Urberoa plantea una cierta superposición de figuras organizativas dentro de Urberoa, donde la CER sería una línea de actividad con sólo una parte de sus asociados. A la inversa, en fases ulteriores la incorporación a la CER de partícipes ajenos a Urberoa implicaría la cohabitación de mecanismos de gestión con partícipes que no son socios de Urberoa. Son aspectos a concretar pero que sin duda se resolverán sin problemas mayores.
Apoyo técnico y económico
Para llevar a cabo este proceso de definición y de adhesión, que se espera terminar en octubre, Urberoa cuenta con la colaboración técnica de Tecnalia y la subvención de la Diputación Foral de Gipuzkoa que cubre los costes externos del proceso.
Comentarios
No se quién os hace los cálculos pero si la producción es de 100000 kWh anuales y el consumo medio mensual es de 300 kWh por familia (para 100 familias), esto supone un consumo anual (entre las 100 familias) de 360000 kWh. Si haces cuentas 100000/360000=0,277777... lo cual se asemeja más a un cuarto (0,25) que a un tercio (0,33333333).
Respuesta: ¡Tienes toda la razón! Mil disculpas. Ha sido un error del redactor de la noticia, que ha pensado que el año tiene sólo 10 meses...